RESICO para personas físicas en 2026: tasas, límite y obligaciones

Cómo funciona el Régimen Simplificado de Confianza para personas físicas en 2026: tabla de tasas de 1 % a 2.5 %, límite de 3.5 millones, retenciones y causas de salida.

En resumen

En RESICO, las personas físicas pagan ISR de 1 % a 2.5 % sobre lo que cobran cada mes, sin deducciones, mientras sus ingresos anuales no superen 3.5 millones de pesos. Presentan declaración mensual el día 17 y anual en abril. Omitir tres declaraciones en el año saca del régimen.

Qué es el RESICO

El Régimen Simplificado de Confianza es un régimen para personas físicas con ingresos de hasta 3.5 millones de pesos al año por actividad empresarial, servicios profesionales, arrendamiento o actividades agrícolas. Su atractivo es la tasa: en lugar de la tarifa progresiva, pagas un porcentaje bajo sobre lo que cobras.

Tabla de tasas mensuales

Ingresos cobrados en el mesTasa de ISR
Hasta $25,000.001.00 %
Hasta $50,000.001.10 %
Hasta $83,333.331.50 %
Hasta $208,333.332.00 %
Hasta $3,500,000.00 al año2.50 %

La tasa se aplica al total de lo cobrado en el mes, sin restar gastos. Por ejemplo, si cobraste 40 mil pesos, pagas 1.1 %: 440 pesos de ISR.

Retenciones de personas morales

Cuando le facturas a una persona moral, te retiene 1.25 % de ISR. Esa retención se resta en tu pago mensual. En IVA, si aplica, también puede retenerte dos terceras partes.

Obligaciones

  • Estar inscrito en el RFC con e.firma y buzón tributario activos.
  • Emitir facturas CFDI 4.0 por todos tus ingresos.
  • Presentar la declaración mensual de ISR e IVA a más tardar el día 17.
  • Presentar la declaración anual en abril.

Quién no puede tributar en RESICO

Socios o accionistas de personas morales, personas con partes relacionadas, residentes en el extranjero con establecimiento permanente y quienes reciben ciertos ingresos sujetos a regímenes especiales, entre otros.

Causas de salida

Superar 3.5 millones en el año, dejar de presentar tres o más declaraciones mensuales (consecutivas o no) en el año o no presentar la anual. Al salir pasas al régimen general y no puedes regresar.

¿Te conviene?

Si tienes pocos gastos, casi siempre sí. Si tienes muchos gastos deducibles o deducciones personales altas, haz la cuenta: está en la comparativa RESICO vs. honorarios. Si quieres que lo llevemos, revisa nuestro servicio de contabilidad RESICO.

Escrito por el equipo contable de Frims Integral. Información general con base en las disposiciones fiscales vigentes en 2026; no sustituye una asesoría sobre tu caso particular.

Preguntas relacionadas

¿Qué es el RESICO y quién puede tributar en él?

Es el Régimen Simplificado de Confianza. Pueden entrar personas físicas con actividad empresarial, profesional, arrendamiento o agrícola cuyos ingresos totales no superen 3.5 millones de pesos al año. No pueden entrar quienes son socios o accionistas de personas morales, tienen partes relacionadas o son residentes en el extranjero con establecimiento en México, entre otros casos.

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¿Cuánto ISR se paga en RESICO?

Entre 1 % y 2.5 % sobre lo que cobras en el mes, según el monto: 1 % hasta 25 mil pesos, 1.1 % hasta 50 mil, 1.5 % hasta 83,333.33, 2 % hasta 208,333.33 y 2.5 % por encima, siempre que no superes 3.5 millones en el año. No se restan gastos.

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¿Qué hace que te saquen del RESICO?

Superar 3.5 millones de pesos de ingresos en el año, dejar de presentar tres o más declaraciones mensuales en el año o no presentar la declaración anual, entre otras causas. Si sales, pasas al régimen general y ya no puedes regresar.

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¿En RESICO también se presenta declaración anual?

Sí. Las personas físicas en RESICO presentan su anual en abril, aunque el cálculo es más sencillo: se aplica la tasa anual a los ingresos cobrados y se restan los pagos mensuales. En RESICO no se aplican deducciones personales.

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¿Puedo cambiarme de régimen en cualquier momento?

No siempre. Algunos cambios, como entrar al RESICO estando ya inscrito, solo se permiten en fechas específicas (normalmente en enero) mediante un aviso de actualización. Otros cambios se hacen al iniciar una nueva actividad. Antes de mover tu régimen revisamos fechas y consecuencias.

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