En RESICO, las personas físicas pagan ISR de 1 % a 2.5 % sobre lo que cobran cada mes, sin deducciones, mientras sus ingresos anuales no superen 3.5 millones de pesos. Presentan declaración mensual el día 17 y anual en abril. Omitir tres declaraciones en el año saca del régimen.
Qué es el RESICO
El Régimen Simplificado de Confianza es un régimen para personas físicas con ingresos de hasta 3.5 millones de pesos al año por actividad empresarial, servicios profesionales, arrendamiento o actividades agrícolas. Su atractivo es la tasa: en lugar de la tarifa progresiva, pagas un porcentaje bajo sobre lo que cobras.
Tabla de tasas mensuales
| Ingresos cobrados en el mes | Tasa de ISR |
|---|---|
| Hasta $25,000.00 | 1.00 % |
| Hasta $50,000.00 | 1.10 % |
| Hasta $83,333.33 | 1.50 % |
| Hasta $208,333.33 | 2.00 % |
| Hasta $3,500,000.00 al año | 2.50 % |
La tasa se aplica al total de lo cobrado en el mes, sin restar gastos. Por ejemplo, si cobraste 40 mil pesos, pagas 1.1 %: 440 pesos de ISR.
Retenciones de personas morales
Cuando le facturas a una persona moral, te retiene 1.25 % de ISR. Esa retención se resta en tu pago mensual. En IVA, si aplica, también puede retenerte dos terceras partes.
Obligaciones
- Estar inscrito en el RFC con e.firma y buzón tributario activos.
- Emitir facturas CFDI 4.0 por todos tus ingresos.
- Presentar la declaración mensual de ISR e IVA a más tardar el día 17.
- Presentar la declaración anual en abril.
Quién no puede tributar en RESICO
Socios o accionistas de personas morales, personas con partes relacionadas, residentes en el extranjero con establecimiento permanente y quienes reciben ciertos ingresos sujetos a regímenes especiales, entre otros.
Causas de salida
Superar 3.5 millones en el año, dejar de presentar tres o más declaraciones mensuales (consecutivas o no) en el año o no presentar la anual. Al salir pasas al régimen general y no puedes regresar.
¿Te conviene?
Si tienes pocos gastos, casi siempre sí. Si tienes muchos gastos deducibles o deducciones personales altas, haz la cuenta: está en la comparativa RESICO vs. honorarios. Si quieres que lo llevemos, revisa nuestro servicio de contabilidad RESICO.
Escrito por el equipo contable de Frims Integral. Información general con base en las disposiciones fiscales vigentes en 2026; no sustituye una asesoría sobre tu caso particular.